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Contabilización de compensaciones

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** Reversión **

 

 

Con este procedimiento, las compensaciones que se convierten en definitivas se registran en la contabilidad general y en el registro IVA.

Para proceder con la operación es obligatorio que la compensación tenga el número y la fecha de documento definitivo (aunque la causale asociada al tipo de retención sea una causale no IVA) así como al menos un vencimiento que registrar.

En el caso de que falten los datos definitivos, es posible abrir y modificar la compensación directamente desde esta pantalla, a través del botón correspondiente .